jueves, 5 de mayo de 2011

Colaborador necesario

"Con esta sentencia, y otras en casos similares, se están estableciendo las condiciones de actuación de las publicaciones en Internet en España. Si se mantiene esta interpretación cualquier dueño de cualquier página web es responsable de cualquier comentario que haga cualquier usuario. Da igual si lo sabía o no. Da igual si lo ha retirado posteriormente o no. Da igual. Se trata de una responsabilidad objetiva. Si el blog es tuyo la responsabilidad es tuya."
Julio Alonso, director de Weblogs SL.

Extraído de "Confirmada la multa a Julio Alonso por los comentarios contra la SGAE que terceros publicaron en su blog":
"Julio Alonso fue condenado en primera instancia, no por el contenido de su post, no habia injurias en el post según el tribunal, pero sí en los comentarios dejados por los lectores, si bien se consideraba al bloguero como “colaborador necesario”. Ahora la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso que presentó Julio Alonso y ha confirmado la sentencia (pdf) que será recurrida ante el Tribunal Supremo."
Si el Tribunal Supremo volviera a fallar en contra, en principio, podría solicitar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, puesto que está relacionado con el derecho a la información y a la libertad de expresión, reflejados en el artículo 20 Constitución Española. Mientras, dinero en abogados.

En cualquier caso, se enfrenta a una multa de 9.000 euros por un comentario publicado por alguien en su blog en una entrada titulada "SGAE=ladrones" (con 137 comentarios ahora mismo). La denuncia la ha puesto la SGAE.

¿Somos nosotros quienes tenemos que "controlar" lo que dicen otros sobre lo que escribimos?

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